El Libro del Edificio Existente para la Rehabilitación (LEEx) es el compendio de documentos en el que se recoge la información que permite conocer las características físicas y técnicas del edificio y también su régimen jurídico.
Su finalidad es que los propietarios y usuarios conozcan el edificio que usan y tengan la documentación e información suficiente y necesaria para llevar a cabo un uso y mantenimiento adecuados, así como tomar conciencia sobre el margen de mejora posible sobre las prestaciones existentes en su edificio: mejora de la accesibilidad, confort, seguridad de utilización y eficiencia energética.
En palabras de Javier Martín, Director General de Vivienda y Suelo del Mitma, “es un instrumento para que las comunidades de propietarios sean capaces de interpretar cuál es la foto fija de su edificio, así como el margen de mejora que tienen con el aprovechamiento de las ayudas que próximamente verán la luz.”
¿Quién lo elabora?
Los Arquitectos Técnicos, aparejadores e Ingenieros de Edificación, somos competentes.
En la Oficina de apoyo a la Rehabilitación del COAATIEMU te ponemos en contacto con colegiados especializados en la redacción del Libro del Edificio existente para rehabilitación. (LINK Solicita un colegiado)
¿Quién lo encarga?
El encargo de confeccionar el Libro del Edificio existente para la rehabilitación es responsabilidad del destinatario último de las ayudas del “Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación”, propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares y comunidades de propietarios, o en su caso, el agente o gestor de la rehabilitación que actúe por cuenta de aquellos mediante el acuerdo a que se refiere el artículo 8.3 del Real Decreto 853/2021.
También será necesario si se solicitan las ayudas de los Programas de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel edificio, si no completo, como mínimo la parte referente al estudio sobre el potencial de mejora del edificio o vivienda en relación con los requisitos básicos definidos en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación y un Plan de actuaciones en el que se identifique la actuación y mejora propuesta.
En el Plan de Actuaciones se realiza una propuesta de intervenciones, técnica y económicamente viables, que han de permitir alcanzar tres niveles de mejora (reducción del consumo de energía primaria entre el 30-45%, entre el 45 y 60% y superior al 60%), ejecutándose por fases o de manera simultánea. Y en caso de solicitar las ayudas destinadas a este fin, la cuantía de las ayudas dependerá del nivel de mejora alcanzado tras la intervención que se haga en el edificio.
Documento vivo y dirigido a los usuarios
El Libro del Edificio Existente, debe estar en constante actualización, pretende ser un instrumento aplicable y explotable, con un lenguaje práctico y fácil de interpretar para personas sin conocimientos técnicos en construcción, y que incida en explicar las ventajas que podrían obtener con la rehabilitación.
La rehabilitación de los edificios existentes es el gran reto que el Plan de rehabilitación de viviendas, enmarcado en el PNIEC 2021-2030* establece para el sector: intervención sobre la envolvente térmica de 1.200.000 viviendas en el conjunto del período, comenzando con 30.000 viviendas/año en 2021 y finalizando con 300.000 viviendas/año en 2030. Por lo que las ayudas suponen una oportunidad para los propietarios que quieran contribuir al cambio.
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Oficina de apoyo a la rehabilitación COAATIEMU Telf. 968 27 44 11 Ext. 7 Alfonso X El Sabio, 2 Bajo 30008 Murcia Contactar (link al apartado de contactos)En la misma los ciudadanos, profesionales y administraciones locales, pueden tramitar la solicitud de las Ayudas. Además, se proporcionará asesoramiento tanto a ciudadanos como a técnicos, así como herramientas que permitan conocer que actuaciones son las más rentables teniendo en cuenta el coste de inversión y el tiempo de amortización. También se realizarán acciones de difusión y se facilitará a los ciudadanos un directorio de colegiados especializados en los trabajos e intervenciones relacionados con las ayudas.
El Real Decreto 853/2021, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, principal instrumento de los Fondos Next Generation EU, en su artículo 7, permite a la Comunidad Autónoma actuar a través de entidades colaboradoras para la gestión de los programas de las ayudas.
En base a la Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras que regulará el Programa 5 del citado RD, destinado a las ayudas para la elaboración del Libro del Edificio Existente (LEEX) y redacción de proyectos de rehabilitación, aún en fase de borrador, se ha suscrito un convenio con la Consejería, en el que se declara a nuestro Colegio “ente gestor” de estas ayudas.
Es por ello que ponemos en marcha nuestra Oficina de Rehabilitación donde los ciudadanos, profesionales y administraciones locales, pueden tramitar la solicitud de las Ayudas citadas.
Una vez presentada la solicitud, nuestra oficina, tras verificar y comprobar la documentación presentada, emitirá un informe que formará parte del expediente administrativo, y será determinante para la resolución de las ayudas por parte del Servicio de Vivienda de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, que debe producirse en un plazo máximo de tres meses.
Informa a tus contactos sobre las Ayudas y los servicios que ofrecemos en nuestra Oficina de Rehabilitación. Se trata de una gran oportunidad para mejorar las prestaciones de nuestras viviendas y contribuir a cumplir con los objetivos de mejora de la eficiencia energética establecidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030, que contempla la rehabilitación de 1.200.000 viviendas en ese periodo.
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Telf. 968 27 44 11 - Ext. 7
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